El presente artículo aplica,
exclusivamente, a la república de Colombia por el contexto dado al mismo; cada
país cuenta con su respectiva legislación que aplica en favor de su población
con Autismo y sus familias.
Son muchos los escenarios que me ha
tocado vivir y observado, alrededor de tan complejo tema, como es el de la
atención integral para nuestros hijos con Autismo y familias. Toda esta aventura empieza desde la primera
infancia cuando como padres de familia, observamos que algo no anda mal en
nuestros hijos y buscamos ayuda de tipo profesional o informal.
Algunos padres cuentan con la fortuna
de dar con profesionales en equipos multidisciplinarios idóneos y con alta
ética, profesionales que aportan su sapiencia y experiencia en pro de una mejor
Calidad de Vida de nuestros hijos. Otros, desafortunadamente, dan con
profesionales, pseudoprofesionales que ven, en unos padres desesperanzados,
angustiados; una “mina de oro”. Nosotros,
los padres de familia, al no tener una atención eficaz, eficiente y de Calidad
en un Sistema de Salud, optamos muchas veces desinformados en busca de una “cura”
(de la cual no existe) o simplemente una atención formal.
Es acá, precisamente, cuando “algunos”
profesionales, pseudoprofesionales o mejor escrito “mercaderes del
Autismo”, se aprovechan de las falencias de un Sistema de Salud para
ofrecer intervenciones, terapias, alimentos, complementos nutricionales y
demás, sin la correspondiente evidencia científica de efectividad en los ejes
nucleares del Autismo (TEA).
Igual sucede en el campo Educativo
donde muchos establecimientos de índole privado ofertan un servicio totalmente
incluyente (y alto económicamente), cuando en realidad no es así. Se poseen falencias al no contar con el
verdadero personal capacitado o no se encuentra con la debida dotación de
ajustes razonables, para el buen desarrollo inclusivo de nuestros hijos. Por otro lado, otros centros educativos, al
escuchar la palabra Autismo, cierran totalmente sus puertas al no poseer
voluntad o al verse impotentes, por no poseer los respectivos profesionales capacitados,
no contar con la infraestructura necesaria o no obtener acompañamiento desde la
Secretaría de Educación territorial.
Resaltar, igualmente, que muchos entornos
educativos privados están cumpliendo con la tarea poco a poco, los más
importante se asume el reto con total voluntad y disposición de un equipo
humano, pero con mucho acompañamiento y compromiso desde la familia.
Destacar, por otro lado, los
esfuerzos que se han realizado desde la educación pública en pro de nuestra
población, desde la entrada en vigencia del Decreto 1421 de 2017. Se observan muchos avances al respecto, pero
de igual forma, aún hay falencias como la de contar con más profesionales
capacitados, suministro de ajustes razonables (material pedagógico, arreglos
arquitectónicos, ente otros), falta de acompañamiento estatal.
Muchas organizaciones (institutos,
fundaciones, etc) de tipo privado, tratan se suplir las necesidades
insatisfechas desde la educación oficial como privada, algunas lo hacen muy
bien con unos precios asequibles al presupuesto familiar; otros, por el
contario, a precios muy elevados con contenidos buenos como malos, pésimos.
Otro de los temas bien polémicos en
el Autismo, es el de los famosos charlatanes, estafadores que ofrecen
soluciones milagrosas, como el de la Solución Mineral Milagrosa (MMS)
y que ofrece la supuesta cura. En otro
artículo publicado en días anteriores se trató este tema. Ver enlace: MMS
Necesitamos profesionales desde toda
la atención integral a nuestros hijos y familias, bien humanizados, con mucha
voluntad, comprometidos con la causa; profesionales que recibamos del mejor
trato. Igual escribir que de parte de la
familia ofrecer, una relación sinérgica donde prime el respeto, confianza,
colaboración, honestidad, ética y altas dosis de empatía.
Desde el Ministerio de Salud y
Protección Social (Minsalud) y desde el Instituto de Evaluación Tecnológica en
Salud (IETS), se han emitido documentos a la opinión pública, donde se
consignan los resultados de evaluación (exclusión) de algunos servicios y
tecnologías en salud, aplicados para personas con Autismo.
Según la Ley Estatutaria de Salud 1751
de 2015, estos servicios y tecnologías que cumplan con uno o más de los seis
criterios siguientes no podrán ser financiados por el sistema de salud, serán excluídos
(Minsalud, 2020):
“(…) a)
Que tengan como fin como finalidad principal un propósito cosmético o suntuario
no relacionado con la recuperación o mantenimiento
b) De la capacidad vital o funcional
de las personas.
c) Que No exista evidencia científica
sobre su seguridad y eficacia clínica.
d) Que No exista evidencia científica
sobre su efectividad clínica.
e) Que su uso No haya sido autorizado
por la autoridad competente.
f) Que se encuentren en fase de
experimentación.
g) Que tengan que ser prestados en el
exterior.(…)” Negrilla
fuera del texto.
Según la Resolución 244 del 31 de
enero de 2019, los servicios y tecnologías excluidas, ofertadas para la
población con Autismo y que no serán financiadas por el Sistema
de Salud, son:
Todo lo relacionado con temas de
índole educativo, debe ser cubierto por el Sistema Educativo (Página 10,
Resolución 244 del 31 de enero
de 2019) .Igual el tema de las Sombras
Terapéuticas para el sector Educativo. En
cuanto al tema de Salud la Terapia Tomatis, (Página 12, Resolución 244 del 31 de enero de 2019).
En cuanto al Autismo en sí, la
Resolución no cubre las terapias que no hacen parte del enfoque terapéutico ABA
y relacionadas en los siguientes cuadros más abajo, (Páginas 12 y 13,
Resolución 244 del 31 de enero de 2019).
La efectividad y validez científica del
enfoque terapéutico ABA, está ampliamente escrita en el PROTOCOLO CLÍNICO PARA
EL DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS Y NIÑAS CON
TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTA, 2015, Minsalud, IETS
En las páginas 12 y
13 de la resolución, se detallan los respectivos servicios o tecnologías que
cumplieron los items de exclusión expuestos. Hasta tanto no cumplan con los estudios
realizados por los entes de índole público, no podrán ser financiados por el
Sistema de Salud Colombiano.
Los servicios y tecnologías Autorizados
para Autismo, están relacionados en el ANEXO No. 2: "Listado de procedimientos en salud
financiados con recursos de la UPC (Plan de Beneficios)", de la
Resolución 3512 del 26 de diciembre de 2019 (Minsalud, Rafael Palau, 2017) .
Los cuales son:
Compañero (a) de lucha: persona con
Autismo, padre de familia, hermano, tío, sobrino, abuelo, amigo, cuidador de
una persona con Autismo; espero haber aportado un grano de arena para su
conocimiento. Ahora bien, con la
presente información y con la demás que consulte, podrá tomar una decisión con
base en una información, con el fin de que la persona objeto de esta decisión,
reciba el mejor servicio o tecnología que aporte de manera positiva en su
desarrollo integral, para finalmente obtener una buena Calidad de Vida.
¡ Gracias por leerme !
BIBLIOGRAFIA
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